Aviso urgente para las amas de casa: confirmada la pensión de 500 euros que puedes pedir
Las amas de casa pueden acceder a una pensión no contributiva
Las amas de casa representan uno de los mayores colectivos que habitan en nuestro país pero que han sido invisibilizado durante años. La dedicación de una persona a su hogar y familia no está registrada en la Seguridad Social y eso hace que, al no registrarse un alta, la ciudadana/o en cuestión no tenga acceso a ningún tipo de prestación una vez cumple con la edad con la que se puede acceder a una prestación por jubilación. A continuación detallamos la pensión que pueden pedir las amas de casa en España.
Para poder acceder a cualquier tipo de prestación contributiva hay que cumplir con una cotización mínima. A más años cotizados mayor será la cuantía económica que se reciba y por ello millones de españoles luchan en su día a día por llegar a la edad de jubilación con una media óptima en la vida laboral con la que poder retirarse sin poder pasar penurias económicas en los últimos años de su vida. Para las personas que no han cotizado ni un sólo día en su vida también hay una pensión y aquí es donde entra el grupo de las amas de casa.
Las amas de casa, al haber entregado su vida al cuidado de la familia, no han podido cumplir con los requisitos mínimos de cotización ya que durante ese periodo no han estado dadas de alta pero a pesar de ello sí pueden acceder a una pensión de jubilación a partir de los 65 años gracias a las pensiones no contributivas, con las que la Administración pretende ayudar a las personas que no cumplen con la cotización mínima exigida y que encuentra en una situación de vulnerabilidad.
La pensión para las amas de casa
«Son prestaciones económicas que se reconocen a aquellos ciudadanos que, encontrándose en situación de necesidad protegible, carezcan de recursos suficientes para su subsistencia en los términos legalmente establecidos, aun cuando no hayan cotizado nunca o el tiempo suficiente para alcanzar las prestaciones del nivel contributivo. Dentro de esta modalidad, se encuentran las pensiones de Invalidez y Jubilación», así define la Seguridad Social lo que son las pensiones no contributivas, de cuya gestión se encarga cada Comunidad Autóoma y el Instituto de Mayores y Servicios Sociales, conocido como IMSERSO.
Estas pensiones no contributivas ofrecen a las personas que se sitúan en una situación de vulnerabilidad y que no han cotizado lo suficiente una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios. Las pensiones no contributivas sólo atañen a las de jubilación e invalidez, a diferencia de las contributivas en las que se pueden encontrar las de jubilación, viudedad, orfandad, incapacidad permanente o demás conciliación familiar.
Requisitos y cuantía de la pensión para las amas de casa
El Gobierno ha subido en el último año en un 6,9% las pensiones contributivas con el objetivo de acortar la brecha con respecto a las contributivas (han subido un 3,8%) y sacar a cientos de españoles que noa han cotizado los suficiente de una situación de vulnerabilidad. A día de hoy, esta pensión es de 517,90 euros al mes a la persona solicitante, lo que anualmente serían 7.250,60 euros.
Es decir, las amas de casa que no tengan la cotización suficiente pueden tener una pensión de jubilación 517,90 euros al mes. Esta cantidad podrá verse reducida hasta los 129 euros en función de los ingresos que tenga la persona en cuestión o el núcleo familiar en la que conviva. Esta disminución irá en porcentaje decreciente. Los requisitos para poder acceder a una pensión de este tipo son los siguientes:
- Edad: tener 65 años o más.
- Residencia: residir en territorio español y haberlo hecho durante un período de diez años.
- Cuando haya carencia de ingresos o rentas y siempre que los ingresos en el computo anual de 2024 sean inferiores 7.250,60 € anuales.
Las amas de casa también tendrán derecho a una pensión si los ingresos son superiores a esta cantidad pero hay convivencia con los familiares. De esta forma, se establecen unos mínimos que irán aumentando en función de las personas que habiten en el núcleo familiar. Los límites establecidos por la Administración en lo que se refiere a las pensiones de este tipo son los siguientes:
- 12.326,02 euros para dos convivientes
- 17.401,44 euros para tres convivientes
- 22.476,86 euros para cuatro convivientes
- 30.815,05 euros para 2 convivientes (con padres o hijos)
- 43.503,60 euros para 3 convivientes (con padres o hijos)
- 56.192,15 euros para 4 convivientes (con padres o hijos)